"Pasado lo preliminar esta Dirección considera, que cuando el artículo 70 del Reglamento General señala que la información relativa a sus operaciones deberá ser registrada cronológicamente y sin atraso siempre y cuando hayan sido documentadas mediante facturas emitidas y recibidas, se refiere a las dos referencias cronológicas aplicables a los http://librosluna.com.mx/libros-de-libros-para-todos/1346-nadia-nadie-librosluna-libros-de-libros-para-todos.html